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Los suelos dotacionales son trozos de terreno dentro del área municipal que se reservan dentro de un Plan General para la construcción de edificios dedicados a servicios públicos. Los servicios públicos pueden ser de titularidad pública o de titularidad privada.
¿Cuantos servicios públicos de titularidad pública abastecen nuestras ciudades? : defensa, aeropuertos, red eléctrica española, sanidad, carreteras, cementerios, pocas guarderías, pocos centros de día, pocas residencias de ancianos,universidad, pocos centros de atención a los disminuidos ( físicos y psíquicos) y …. creo que de proximidad al ciudadano no hay muchos más.
Sin embargo, los servicios públicos de titularidad privada: saneamiento, agua potable, recogida de basuras etc. son muy importantes para las administraciones por su exclusividad pero, una buena política urbanística también deberían considerar de gran importancia los servicios que complementan la escasez de lo público: clínicas, guarderías, centros de día de mayores, residencia de mayores, centro de disminuido, cines, teatros, palacios de congresos, piscinas cubiertas, iglesias, centros de observación de la naturaleza etc…?
Para que una iniciativa privada pueda ofrecer servicios públicos; necesita de suelos dotacionales donde situar las edificaciones necesarias para el desarrollo de su actividad, por ello, un moderno Plan general de Ordenación Urbana debe situar con acierto, localización óptima, dentro del territorio municipal, los suelos dotacionales. Suficientes suelos dotacionales que garanticen un buen servicio social, complementario al público, por parte de las empresas privadas.
Por ejemplo ¿porque no hay previsión de suelo en el planeamiento de: suelo dotacional dentro de cada barrio donde se puedan construir pequeñas residencias de ancianos o centros de día? ¿ porqué en pleno centro de nuestras ciudades no existen centros de día para mayores? por que no se necesitan, no se quieren o porque no hay previsión especifica de suelo.
Yo pienso, que una ciudad que quiera ofrecer una alta calidad de vida todos sus ciudadanos tiene que tener un Plan General de Ordenación Urbana que garantice una amplia y variada oferta de suelos dotacionales.
El actual Plan General de Santiago de Compostela no reconoce la oferta de calidad de vida para sus ciudadanos en toda su dimensión, al tener escasa clasificación de suelo como: suelo dotacional.Reduce a mínimos, casi hasta hacerlos desaparecer, los suelos dotacionales.
Quiero denunciar en este post: la recalificación de suelo que esta sufriendo la asociación ASPA, que después de buscar y rebuscar suelo dotacional en la ciudad, consiguen unos 14.000 m2 , para construir un simil de ciudad para el disminuido psiquico a modo de “antesala” a lo que posteriormente seria la ciudad.
El ayuntamiento, siempre conoció el proyecto del centro y su ejecución por fases debido a los problemas económicos de la asociación. La asociación esta compuesta por padres luchadores y que poco a poco van consiguiendo ejecutar todo el centro.¡ Son admirables!
La actual revisión del Plan General de Ordenación Urbana, reduce el suelo dotacional de unos 14.000 m2 a unos 7.000 m2 afectando de forma drástica la posibilidad de ejecutar posteriores fases del centro del proyecto original.
El Ayuntamiento no escucha; le responde a la asociación: la mitad de vuestra parcela os la calificamos como suelo urbanizable osea: hay que esperar a que el 51% de la propiedad de el suelo decida desarrollar el plan parcial y entrar en la junta de compensación o cooperación para defender….. ¿Que?
¿Está el grupo municipal infectado por “técnicos acomodados” que creen que: hacer ciudad es sacar al mercado miles y miles de viviendas sociales y reducir los suelos dotacionales que no controle la administración?. Y no olvidemos que Santiago de Compostela sigue perdiendo población a pesar de que al esfuerzo de la vivienda social se une el esfuerzo por atraer a la industria.
¿Que política urbanística se esta aplicando y que no se explico bien, que justifique la reducción de suelo dotacional donde un privado puede desarrollar su propuesta social?
Hace unos días denunciaba a través de mi blog la penosa convocatoria para concursos de ideas para el diseño de la de la plaza de Galicia en Santiago de Compostela.
Todo mi esfuerzo para conseguir una nueva convocatoria que ofreciera una garantía al equipo ganador de ejecutar su obra de forma que se enorgulleciera de su trabajo; es triste ver que la única visión que tiene el Ayuntamiento de Santiago sobre nuestra profesión es la de aumentar el valor de los premios.
Ahora ya estamos en un total de 23.000 euros que se repartirán en cuatro premios.
Yo no se si los responsables de la convocatoria de este concurso saben lo que significa la profesión de arquitecto o, quizás esta profesión está tan corrompida que todo vale si se da un aumento miserable a las partidas de honorarios profesionales.
No nos engañemos, no engañemos a los ciudadanos. Lo que menos interesa es buscar la solución más idónea que devuelva a la Plaza de Galicia el carácter de espacio público urbano para la convivencia y la cohesión entre el ensanche y la ciudad histórica.
¿Se está tomando en serio la ciudad o estamos jugando a ser muy internacionales porque convocamos concursos internacionales donde solo concursaran los arquitectos locales….con la desgracia de que su vida económica permita el abuso de la administración?
Los asesores se pagan y no se roban ideas, que seguro que frescas y fantásticas de profesionales que no tienen otra opción para entrar en el mercado laboral.
Me gustaría retomar palabras con mucho sentido del discurso del Sr. Decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia: D. Celestino García Braña que en la entrega anual de premios de Arquitectura, recordaba a todos que la buena arquitectura nace de la reflexión, su diseño tiene tiempos lentos, es una labor al servicio de la sociedad.
Recuerdo que la fantastica solución, al no respetar el proyecto ganador se quita la oportunidad a sus autores de presentarse a premios con derecho a un reconocimiento social.
¡YO NO ME PRESENTO!
Cuando se trabaja en urbanismo hay que tener en cuenta muchas leyes, normas y reglamentos que, se aplicaran en principio de forma igualitaria para todos los ciudadanos. Esta igualdad aunque lleve consigo una cierta flexibilidad, según la relación y ética de los gestores de la ciudad con el interés económico de unos pocos, finalmente los ciudadanos se adaptan a la nueva ciudad.
Mi preocupación es que al interés económico privado, muy unido al especulativo, no le interesa mucho los problemas espaciales de integración. Por ello creo que, a pesar de existir legislación suficiente para la integración de los disminuidos, ésta no se aplica con igual rigor, por parte de los gestores de la ciudad, como otras propias de la legislación urbanística: de forma fría, calculadora de porcentajes de cesiones o de repartos y, aunque se aplique de “forma flexible” los ciudadanos disminuidos y administraciones implicadas no suelen llegan buenos entendimientos. Eso sí; después para su mundo propio, el disminuido podrá obtener del papa estado todo lo que signifique adaptación.
Pero a que entendimiento pueden llegar los disminuidos con las administraciones si su propia legislación no es valorada dentro de los planes generales como obligatoria para el desarrollo del sector terciario e industria. ¿Como se integran los disminuidos si su propia legislación no es valorada en toda su dimensión?
Del Articulo 13 cuando se define “edificios de uso público aquellos destinados a un uso que implique la concurrencia de público” ¿alguien se ha parado a pensar que es independientemente que sea propiedad publica o propiedad privada?
Y continuando con el mismo articulo se consideran edificios de uso público: los centros de trabajo. ¿ Alguien se ha parado a pensar que todo el sector terciario e industria de un plan general son centros de trabajo?
Leer, leer…. ver también los artículos 14 y 18 ¿recogen los planes generales estos derechos de los disminuidos?. Para mi la esencia de la existencia del urbanismo es la integración de todos los ciudadanos.
CAPÍTULO II
Disposiciones sobre barreras arquitectónicas en la edificación
Sección 1.ª
Edificios de uso público
Art. 13. Accesibilidad en edificios de uso público.-1. Se considerarán, a los efectos de la presente Ley, edificios de uso público aquellos destinados a un uso que implique la concurrencia de público.
2. La construcción, ampliación o reforma de los edificios de titularidad pública o privada destinados a uso público se efectuarán de forma que garanticen que los mismos resulten adaptados.
3. En las ampliaciones o reformas de los referidos edificios que requieran para su adaptación medios técnicos o económicos desproporcionados se realizarán las modificaciones precisas para garantizar la condición como mínimo de practicables.
4. Se consideran incluidos dentro de este apartado de edificios de uso público, junto a otros de naturaleza análoga, los siguientes:
Edificios públicos y de servicios de las Administraciones Públicas.
Centros sanitarios y asistenciales o cualquier otro centro social.
Estaciones ferroviarias, de metro y de autobuses.
Puertos, aeropuertos y helipuertos.
Centros de enseñanza.
Garajes y aparcamientos colectivos.
Centros de trabajo.
Embarcaciones marítimas y fluviales.
Centros sindicales.
Museos, archivos, bibliotecas y salas de exposiciones.
Teatros, salas de cine y espectáculos.
Casas de cultura.
Instalaciones deportivas.
Lonjas, mercados, plazas de abastos y establecimientos comerciales y bancarios de superficie igual o superior a 500 metros cuadrados.
Centros religiosos.
Instalaciones hoteleras y hosteleras, a partir del número de plazas que reglamentariamente se determine.
Art. 14. Reserva de plazas de aparcamientos.-En los aparcamientos que dan servicio a los edificios de uso público reglamentariamente se establecerá el mínimo de plazas que deberán ser reservadas, debidamente señalizadas, para su uso por personas con movilidad reducida, así como su emplazamiento y accesos.
Art. 15. Accesos al interior de los edificios.-Uno al menos de los accesos peatonales al interior de los edificios de uso público deberá estar diseñado y ejecutado de forma que cumpla las condiciones establecidas para itinerarios adaptados o practicables, según el caso.
Cuando se trate de un conjunto de edificaciones e instalaciones, uno al menos de los itinerarios peatonales que los unan entre sí y con la vía pública deberá cumplir las condiciones establecidas para itinerarios adaptados o practicables, según el caso.
Art. 16. Comunicación horizontal.-La movilidad horizontal entre espacios, instalaciones y servicios comunitarios emplazados en edificios de uso público se realizará mediante itinerarios y rampas que deberán cumplir las condiciones establecidas en la presente Ley y en las normas que la desarrollen.
Art. 17. Movilidad vertical.-Para facilitar la movilidad vertical entre espacios, instalaciones y servicios comunitarios emplazados en edificios de uso público, los desplazamientos entre diferentes niveles se realizarán mediante un elemento -ascensor, escaleras, rampas y tapices rodantes- que deberá cumplir las condiciones establecidas para ser considerado adaptado o practicable, en cada caso.
Art. 18. Aseos.-Los aseos de uso público que existan en este tipo de edificios deberán disponer al menos de un aseo adaptado para cada sexo, compuesto como mínimo por un inodoro y un lavabo, que, cumpliendo las características señaladas en la presente Ley y en las normas que la desarrollen, puedan
Se que lo repito pero, un parque urbano debe ser un espacio público para la relación social, un lugar de encuentro para todos los ciudadanos y en especial para los que viven en el borde del parque; por ello creo que hay que prestar mucha atención al diseño de todas las entradas al parque y, no hay nada que pueda justificar los accesos totalmente incorrectos y que no permiten la accesibilidad a todos incluidos los disminuidos.
Imagenes de los accesos desde la parte alta del parque

Nota anecdótica: el trazado de la escalera nunca debe sobresalir del plano vegetal

Imagenes de los accesos de la parte baja del parque



Una vez que se acceda a éste, debe ofrecer diferentes espacios donde se acoja las más variadas actividades lúdicas de los ciudadanos.





Viendo el parque de Belvis empiezo a pensar; que quizás habría que empezar a definir lo que son actividades lúdicas. Picnic, jugar al fútbol- fuera de espacio especifico-, pasear al perro - pasean muchos perros- lo son; pero muchas más y, sobre todo, habría que contar con muchas más que potenciaran la cohesión de los ciudadanos: Bar-restaurante, biblioteca-hemeroteca pública, huertos de seguimiento barrial, guardería más centro de día de ancianos etc.
Se tiene miedo a construir dentro de un parque y no me extraña nada. En Santiago de Compostela hay una política urbanística que va desde: a traer los profesional con más nombre que nadie, sin limite económico y de diseño que salven la ciudad, o sino la colocación de un corsé, económico y de diseño, para los profesionales locales.
Es una pena porque creo que la salvación del parque de Belvis se inicia con una reflexión profunda de como funciona y termina con propuestas arquitectónicas concretas integradas. Si no es así Belvis sera siempre “un mirador privilegiado” para observar una de las bellezas de Santiago: que es el dialogo entre escalas ( gigante y pequeña ) de las viejas arquitecturas pero también la lección mal aprendida de nuestra propia historia urbanística….. y para ello montamos un parque.





En el corazón del casco historico de Padrón hay una plaza. El nombre de la plaza se localiza sobre placa: Plaza de Macias. Es muy interesante la protección de la memoria historica que tiene la Villa de Padrón pero…..

¿Alguien sabe quien era Macias? por detrás

Por delante…. ¿quien era Macías?

El caso es que la Villa de Padrón le dedica su mejor plaza pública.
Observarla con detenimieno. Es una plaza muy bonita e interesante pues haciendo una aproximación según Camile Sitte ¿ Cual sería su edificación principal? . Para mi una bellísima edificación de carácter privado y de uso residencial. La conservación esta en sensibles manos privadas. Es la casa que se ve al fondo como cierre de plaza.
.
Mira la plaza, observa si hay otra edificación principal diferente a la que yo creo.

Y ante tanta delicadeza….¿como actuó la administración?.¿Vigilo patrimonio o dejo que se se hiciera ….? ¡pues así como muchas cosas; con error tras error!
Numero1- La estatua del trovador no debe estar en el centro de la plaza, es una estatua intimista, no es para girar sobre ella. Esta mal situada dentro de la plaza. ¿donde la colocarías? Yo…….
Numero 2- La desproporción de las farolas de iluminación. Están fuera de la escala del espacio urbano.

Numero 3- El diseño de los bancos. ¿ Corresponden a esta plaza? yo creo que existe un exceso de lineas de diseño y de material: hierro forjado

Numero 4- La inexistencia del respeto al símbolo de Padrón. EL PEDRON

Se repite y se repite hasta perder su significado; pasa a ser un absurdo exceso de mobiliario urbano

¡ Y todo pagado con dinero público!



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